No sé si vieron la película de Fellini “Prova D’Orchestra”. La historia sucede durante el ensayo de una orquesta de música clásica. Todos los músicos tienen la parte que les corresponde en la pieza, todos parecen ser buenos ejecutantes, todos saben leer la partitura. Pero nada termina nunca de salir bien, por razones que no son estrictamente musicales sino de “derechos”. El derecho de la violinista a no tocar porque está menstruando, el derecho de abstenerse en la hora del almuerzo, el derecho del dirigente sindical de interrumpir el ensayo para arengarlos sobre sus derechos. Y el derecho de cada uno a expresar sus puntos de vista. Hay un director, pero carece totalmente de autoridad. Le queda solamente un poquito, cuando todos los derechos de cada uno, del gremio, etc. le permiten insistirles en que se pongan de acuerdo y toquen.
Siempre que pienso en los trámites de adopción me acuerdo de esa película y de lo que anticipaba sobre una sociedad llena de derechos, y no amalgamada por el amor (como quisieran las religiones), o por el miedo (como en las tiranías).
Todos saben más o menos en qué consiste la adopción. Es buscar una familia para un niño que no la tiene.
No se trata de una creación o invento legal sino de algo que existió siempre en la humanidad, con o sin nombre, con o sin leyes escritas. Podemos también comprobarlo como algo natural porque en los animales hay mil formas por las cuales un adulto se hace cargo de un pequeño que no es su hijo biológico.
En Argentina se dió de muchas maneras a lo largo de la historia. Niños dejados por sus madres pobres al cuidado de familias con más recursos (muchas veces hijos de sirvientas o esclavas). O las casas de niños huérfanos o expósitos, generalmente a cargo de comunidades religiosas, que permitían a las familias que lo quisieran retirar de allí niños para hacerse cargo y educarlos.
Cuando se organizaron nuestras leyes civiles en un código Vélez Sársfield que fué el que lo escribió no quiso reglamentar la adopción. A él le parecía que la tutela era suficiente, porque lo que le parecía necesario era que el Estado pudiera controlar los temas económicos del niño, y darle un representante, que era el tutor, que pudiera ser supervisado por el juez y el defensor de menores.
Ni por las tapas se le pasó por la cabeza llamar “hijo” al tutelado o pupilo, porque evidentemente no lo era. Y Vélez quiso luchar ni con el idioma ni con las palabras.
Siempre existió en nuestra legislación el derecho de hacer testamento y donaciones. Esto le pareció suficiente como para que los que hubieran criado a un niño lo pudieran nombrar heredero si quisieran dejarle un patrimonio al fallecer o que pudieran donarle algo en vida.
El caso es que en las primeras décadas del siglo XX se insistió con una ley de adopción, que básicamente consiste en llamar hijo al que no lo es, y padre y madre a los que no lo son.
Todo el contenido real de la relación entre un niño y los adultos que lo quieren “como un hijo” ya existía y seguiría siendo igual, con los matices y circunstancias de cada caso particular. Porque ya sabemos que no todo es como queremos que sea y por lo tanto hay hijos biológicos no queridos por sus padres o hijos que no los quieren, y también hijos adoptivos que quieren a sus padres adoptivos “como padres verdaderos”.
Lo que cambiaron las leyes de adopción no es esto, que por otra parte ninguna ley podría cambiar.
Esas leyes buscaron “ordenar” la forma de encuentro entre los adultos (matrimonios o solteros) con los niños. En ese orden se pensaba en evitar que los adultos recibieran niños directamente de las madres, ya sea por compra, préstamo o donación. Se veía en esta forma de entrega el efecto de las diferencias económicas y sociales, el abuso de una posición social de mayor fuerza. También, entiendo yo, que se procuraba no permitir que personas que fueran capaces de actos tan deshonestos como comprar chicos pudieran hacerlo.
Al mismo tiempo, la intención fué la de evaluar las condiciones de los adultos para hacerse cargo de chicos desamparados, y, dentro de todos los que querían adoptar, hacer una especie de ranking que favoreciera a los que no podían tener hijos naturalmente.
Por supuesto que para los niños la intención de esas leyes siempre fué la misma: darles una familia que pudiera quererlos, cuidarlos y educarlos. Una familia lo más parecida a las familias de sus congéneres y amigos.
Sucesivamente fueron creándose organismos, casi todos estatales, con la intención declarada de mejorar todos los aspectos. Hogares para niños, listas de adoptantes, juzgados de familia, defensores de menores, tutores especiales para los niños, defensorías dependientes de los gobiernos provinciales y la Ciudad de Buenos Aires. Pero también, por supuesto, defensores gratuitos para las madres en situación vulnerable, trabajadores sociales, etc.
Es, como en la película de Fellini, una enorme orquesta. Todos conocen bien la melodía escrita: el interés superior del niño. Pero el resultado no es bueno.
Las defensorías quieren mantener su propio espacio y se pelean con los jueces. Ellas se sienten con derecho a decidir dónde vivirá el niño hasta que sea adoptado. Si eligen una familia que cuide provisoriamente al niño le prohiben a esa familia y al niño quererse entre sí. El Estado declara ilegal el amor. Por más que el chico y esos adultos estén meses y meses juntos, no pueden aficionarse entre sí. El niño tiene el “derecho” -en realidad está obligado- a guardar su cariño para sus padres legales o reglamentarios. Mientras tanto no puede pasar nada. Ni hacerse amigo de los otros hijos del matrimonio, ni considerar primos a los de la familia extensa que ve todo el tiempo.
Cada disputa o diferencia de opinión entre el juez, el defensor de menores, las defensorías locales, los guardadores o los padres biológicos da lugar a trámites, resoluciones, apelaciones y pérdidas de tiempo que tiene que soportar el niño, entrampado en el lugar donde lo hayan agarrado esos conflictos: puede ser un hogar, un matrimonio que no sabe si encariñarse o no. Y cuando los tribunales finalmente resuelven normalmente dejan de lado los meses o años transcurridos y los vínculos de amor y costumbre generados entretanto.
Sólo se escucha a los adultos. Es por eso que hay una fuerte inclinación política a permitir que parejas homosexuales adopten niños. Puede ser que jurídicamente no haya mayores objeciones, pero nadie piensa en que el hijo de una pareja gay tiene que ir al colegio. A el que se sabe distinto, adoptado, se le impone además la carga de tener que defender costumbres o ideologías que sus compañeros no entienden ni comparten. Por más que le hayan tocado dos personas buenas, se ve en la necesidad desde chico de salir a defender varias cosas de su realidad que le quitan energías y le arruinan la infancia. Cualquier chico que pudiera expresar sus sentimientos pediría “un papá y una mamá”. Nadie de los adultos repara en esto.
Otro hecho de la ley muy malo es darle al no hijo la condición de hijo. Podrían darse iguales derechos, pero la realidad no debe ser torcida. El hijo es el que nació de forma biológica de la madre que lo está criando. Y no hay ningún demérito en querer a un niño “como” un hijo.
El sistema actual ha evitado la compra y regalo de niños hasta cierto punto. No del todo. Pero ha dificultado enormemente que los chicos desamparados encuentren rápidamente quien se encargue de ellos.
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